Preámbulo
Estos principios deben ayudar al bibliotecario escolar a mantener un alto nivel de ética en su conducta. Son guías por las cuales el bibliotecario escolar puede determinar su conducta, su relación con los usuarios de los servicios bibliotecarios, administradores, colegas bibliotecarios, miembros de las profesiones aliadas y público en general.
Sección I
El principal objetivo del bibliotecario escolar es rendir servicios a la comunidad escolar con el mayor respeto a la dignidad del hombre. El bibliotecario escolar debe merecer la confianza que los usuarios y administradores depositan en su servicio, rindiendo a cada uno de ellos un servicio de excelencia.
Sección II
El bibliotecario escolar debe aumentar continuamente sus conocimientos en bibliotecología, en otras ciencias de la información y en educación. Mejorará su habilidad profesional y contribuirá al desarollo de la profesión.
Sección III
El bibliotecario escolar no discriminará por razones de raza, sexo, religión, política ni edad. Servirá a todos los usuarios que soliciten su servicio.
Sección IV
El bibliotecario escolar debe conocer y cumplir fielmente con todas las leyes, estatutos y reglamentos relacionados con su profesión. Manteniendo la dignidad y el honor de ésta.
Sección V
El bibliotecario escolar debe laborar hacía el logro de las mejores condiciones de trabajo a favor de la excelencia de su servicio profesional como parte del proceso educativo.
Sección VI
El bibliotecario escolar debe proteger la privacidad del usuario con relación al material solicitado, consultado o provisto en calidad de préstamo.
Sección VII
En la práctica profesional el bibliotecario escolar no aceptará bonificación adicional de parte de los usuarios al rendir su servicio. Tampoco se involucrará con las personas interesadas en vender servicios y materiales a la biblioteca en beneficio económico personal.
Sección VIII
No coartará el derecho a la libre información protegiendo a todos los usuarios en su derecho de leer e informarse.
Sección IX
El bibliotecario escolar debe observar una moral ejemplar en su comportamiento, lenguaje y forma de vestir.
Estos principios deben ayudar al bibliotecario escolar a mantener un alto nivel de ética en su conducta. Son guías por las cuales el bibliotecario escolar puede determinar su conducta, su relación con los usuarios de los servicios bibliotecarios, administradores, colegas bibliotecarios, miembros de las profesiones aliadas y público en general.
Sección I
El principal objetivo del bibliotecario escolar es rendir servicios a la comunidad escolar con el mayor respeto a la dignidad del hombre. El bibliotecario escolar debe merecer la confianza que los usuarios y administradores depositan en su servicio, rindiendo a cada uno de ellos un servicio de excelencia.
Sección II
El bibliotecario escolar debe aumentar continuamente sus conocimientos en bibliotecología, en otras ciencias de la información y en educación. Mejorará su habilidad profesional y contribuirá al desarollo de la profesión.
Sección III
El bibliotecario escolar no discriminará por razones de raza, sexo, religión, política ni edad. Servirá a todos los usuarios que soliciten su servicio.
Sección IV
El bibliotecario escolar debe conocer y cumplir fielmente con todas las leyes, estatutos y reglamentos relacionados con su profesión. Manteniendo la dignidad y el honor de ésta.
Sección V
El bibliotecario escolar debe laborar hacía el logro de las mejores condiciones de trabajo a favor de la excelencia de su servicio profesional como parte del proceso educativo.
Sección VI
El bibliotecario escolar debe proteger la privacidad del usuario con relación al material solicitado, consultado o provisto en calidad de préstamo.
Sección VII
En la práctica profesional el bibliotecario escolar no aceptará bonificación adicional de parte de los usuarios al rendir su servicio. Tampoco se involucrará con las personas interesadas en vender servicios y materiales a la biblioteca en beneficio económico personal.
Sección VIII
No coartará el derecho a la libre información protegiendo a todos los usuarios en su derecho de leer e informarse.
Sección IX
El bibliotecario escolar debe observar una moral ejemplar en su comportamiento, lenguaje y forma de vestir.
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